Efectividad:
OBLIGATORIO 1 de ENERO de 2001. Desde el 1 Enero de 2001 es obligatorio disponer de equipos NAV VHF (108-118 MHz) que cumplan los estándares de Inmunidad FM según los requisitos del Anexo 10 de la OACI.
Documentación:
CIRCULAR OPERATIVA 01/99
Resolución exención CO 01/99 (29/12/00)
Resolución de exención de CO 01/99 (29/03/01)
Anexo 10. Telecomunicaciones Aeronáuticas. Volumen I, Ayudas a la Navegación Aérea; Volumen III, Parte II, Sistemas de Comunicaciones Voz.
JAA guidance leaflet TGL 16.
Doc.9718-AN/957. Manual relativo a las necesidades de la Aviación Civil en materia de espectro de radiofrecuencias. Incluye la declaración de las políticas aprobadas de la OACI. 2ª Edición-2000. Recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT): UIT-R IS.1140; UIT-R IS.1009-1.
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